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Código de Procedimientos Penales Artículo 526 septies Estado de Guanajuato


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código de Procedimientos Penales Guanajuato
Artículo 526 septies.

Corresponde al Poder Judicial del Estado la obligación de indemnizar al sentenciado, con independencia del derecho a repetir en contra de quien intencionalmente haya provocado el error judicial o haya incurrido negligentemente en él, siempre y cuando se haya informado a estos últimos sobre la interposición de la revisión de sentencia y se les haya permitido intervenir en la audiencia del citado recurso.



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